Cambio de Apellidos
Procedimiento por el que un ciudadano puede cambiar sus apellidos, el orden de éstos o su nombre.
El cambio de nombre y/o apellidos podrá ser solicitado por el propio interesado si es mayor de dieciséis años y por los representantes legales de los menores de edad.
Documentación necesaria:
- Certificación literal de la inscripción de nacimiento del afectado por el cambio.
- Prueba (documental, pública o privada y/o testifical), para acreditar en cada caso, el uso y conocimiento, la legitimidad y línea de la que proceden los apellidos o cualquier otra circunstancia en que se base la petición. Para acreditar la legitimidad del apellido deben aportarse certificaciones de las inscripciones de nacimiento de los padres y si fuese necesario de ascendientes anteriores. A falta de estas, siendo posible, sus partidas de bautismo.
- Tratándose de adecuación de apellidos a otras lenguas españolas, certificados de las Reales Academias de las correspondientes lenguas oficiales.
Solicitar cambio de nombre y apellidos: